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Si ha sufrido lesiones en su condición de pasajero a causa de un accidente de autobús, ya sea por responsabilidad de un tercero, del propio conductor del autobús o por una caída ocurrida durante el trayecto o al subir o bajar del autobús, usted tiene derecho a ser indemnizado. (Abogado accidente autobús Málaga).
En el supuesto anteriormente mencionado puede tener derecho a percibir:
Una indemnización derivada del Seguro Obligatorio de Automóviles que se calculará según el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación). Ver: indemnización por accidente de tráfico. (Abogado accidente autobús Málaga).
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Otra indemnización según lo dispuesto en el Seguro Obligatorio de Viajeros.
SEGURO OBLIGATORIO DE VIAJEROS (S.O.V.)
Conviene aquí reseñar la existencia del Seguro Obligatorio de Viajeros (S.O.V.), que como su mismo nombre indica, tiene carácter obligatorio y ampara a todo viajero que utilice medios de locomoción destinados al transporte público colectivo de personas. Se trata de un seguro de accidentes que contrata el viajero al comprar el billete de transporte (ya sea autobús, autocar, tren, tranvía, etc…). (Abogado accidente autobús Málaga).
Su finalidad es indemnizar al viajero cuando éste sufra daños corporales en un accidente que tenga lugar con ocasión de desplazamiento en un medio de transporte colectivo de personas. (Abogado accidente autobús Málaga).
Dicho seguro obligatorio constituye una modalidad del Seguro Privado de Accidentes Individuales, y es compatible con cualquier otro seguro concertado por el viajero. Del mismo modo que las indemnizaciones fijadas en el Seguro Obligatorio de Viajeros también son compatibles con las derivadas de la Responsabilidad Civil.
Las lesiones indemnizables por el S.O.V. son aquellas en las que se produzca muerte, incapacidad permanente o temporal del lesionado. Las indemnizaciones no contemplan el periodo de baja médica, si no que se engloba la tipología de las lesiones sufridas dentro de una categoría ya establecida en Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre (BOE 28 diciembre de 1989). (Abogado accidente autobús Málaga).
Estarán excluidos de esta cobertura del S.O.V. los viajeros que provoquen los accidentes en estado de embriaguez, bajo los efectos de las drogas o estimulantes o bien mediante la comisión de actos dolosos.
CONCURRENCIA DE INDEMNIZACIONES EN ACCIDENTE DE AUTOBÚS
Existen diversos supuestos: (Abogado accidente autobús Málaga).
Si la responsabilidad del accidente recae sobre el conductor del vehículo contrario, tendrá derecho a percibir una indemnización con cargo al Seguro Obligatorio de Automóviles (S.O.A.) de dicho vehículo. Asimismo, también le puede corresponder una de las indemnizaciones fijadas en el Seguro Obligatorio de Viajeros (S.O.V.).
Si la responsabilidad del accidente recae sobre el conductor del autobús, tendrá derecho a percibir una indemnización con cargo al Seguro Obligatorio de Automóviles del autobús. De igual manera que en el supuesto anterior, también le puede corresponder una de las indemnizaciones fijadas en el Seguro Obligatorio de Viajeros.
Conviene reseñar que para que exista responsabilidad del conductor del autobús no es preciso que se haya producido colisión alguna, pudiendo atribuírsele responsabilidad por los daños ocasionados a resultas de una maniobra o de un frenazo indebido. (Abogado accidente autobús Málaga).
Aunque no se pueda atribuir responsabilidad alguna a los conductores implicados, usted puede tener derecho a recibir una de las indemnizaciones fijadas en el Seguro Obligatorio de Viajeros.
Actualmente, en nuestro país se producen un elevado número de caídas de pasajeros en los medios de transporte público colectivo de personas como son el autobús, el tren o el metro, fundamentalmente con motivo de frenazos bruscos o situaciones similares que tienen como consecuencia daños personales de diversa índole.
¿Son indemnizables estos daños? (Abogado accidente autobús Málaga).
La respuesta a esta cuestión es afirmativa. Pues la empresa transportista deberá tener suscrito un Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV), además del seguro de responsabilidad civil.
Este seguro obligatorio de viajeros es un “seguro de personas” en su modalidad de “seguro de accidentes”, que tal y como establece el Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros, en su artículo 1: (Abogado accidente autobús Málaga).
“tiene por finalidad indemnizar a los viajeros o a sus derechohabientes cuando sufran daños corporales en accidente que tenga lugar con ocasión de desplazamiento en un medio de transporte público colectivo de personas”.
Por tanto, se trata de un daño indemnizable por el mero hecho de resultar lesionado al utilizar un medio de transporte público colectivo de personas. (Abogado accidente autobús Málaga).
Sin embargo quedarán exceptuados de indemnización, aquellos accidentes provocados por asegurados en estado de embriaguez, o bajo los efectos de drogas, estupefacientes o estimulantes, o mediante la comisión de actos dolosos.
¿Cuáles son las indemnizaciones?
El seguro da derecho a indemnizaciones que dependerán de la graduación de la lesión.
Las indemnizaciones se abonarán conforme al baremo que, como anexo, se une a este Reglamento, donde se especifican las lesiones y se establecen las indemnizaciones que le corresponden. Se clasifican en 14 categorías: lesiones de primera categoría dan derecho a una indemnización de 42.070,85€, lesiones de segunda categoría dan derecho a una indemnización de 30.050,61 €, lesiones de tercera categoría dan derecho a una indemnización de 27.045,54 €, lesiones de cuarta categoría dan derecho a una indemnización de 24.040,48 €.
Uno de los últimos ejemplos de ello, es la indemnización de 13.740 euros a una pasajera de un autobús urbano que como consecuencia de un frenazo sufrió caída que le provocó la rotura del hombro a la que ha sido condenada una compañía aseguradora por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Granada.
¿Cómo actuar en estos supuestos? (Abogado accidente autobús Málaga).
De antemano, no debemos deshacernos del billete o documento que nos habilite para el transporte, pues en base a ello tendremos la condición de asegurados. (Abogado accidente autobús Málaga).
Una vez producido el accidente, debemos poner en conocimiento del transportista el siniestro acaecido. Este deberá dejar constancia por escrito del mismo y de todos los datos y circunstancias que sirvan para clarificarlo, así como de las comprobaciones realizadas con este objeto. (Abogado accidente autobús Málaga).
En segundo lugar, debemos de acudir inmediatamente al Servicio de Urgencias y realizar seguimiento de los posibles padecimientos sufridos hasta la efectiva curación o, por lo menos, estabilización de las lesiones.
Una vez concretados los daños corporales debemos presentar reclamación frente a la Administración concedente del servicio de transporte por los daños personales sufridos de forma previa –pero obligatoria- a la vía judicial contenciosa-administrativa. (Abogado accidente autobús Málaga).