Abogados Accidentes Laborales Málaga







Consulta Gratis y Sin Compromiso

Llámenos Escríbanos

En Nuestra Firma contamos con abogados accidentes laborales Málaga, especialistas en la Materia.  En la mayor parte de las ocasiones los accidentes de trabajo se producen por una falta de medidas de seguridad en el trabajo. Esta ausencia de medidas provocan lesiones graves a los trabajadores y en el peor de los casos hasta el fallecimiento del trabajador. Tras un accidentes laborales Málaga, es esencial contar con el asesoramiento de un especialista que vaya guiando la reclamación por el mejor camino para lograr la máxima indemnización por accidente. 

A. Procedimiento en caso de accidente de trabajo

Aconsejamos que tras la producción del accidente laboral es capital avisar a la mutua que sea responsable de las contingencias derivadas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Posteriormente la empresa remitirá a la mutua un parte de accidente en el que se comunicará todos los datos relevantes del accidente, identificación del sujeto, lugar, hora, etc.

Podemos ayudarle

En Abogados Málaga somos Abogados Especialistas en Penal en Málaga. Si necesita un despacho con amplia experiencia, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.

A continuación la mutua remite copia del parte a la Dirección Provincial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La Inspección de Trabajo en función de la gravedad del accidente girará visita y a continuación procederá a levantar el correspondiente acta que puede ser de infracción si hay carencia de elementos de seguridad o de las medidas de seguridad legalmente necesarias y establecidas. Las consecuencias derivadas del acta de infracción será la incoación del oportuno expediente a la empresa para que se corrijan las deficiencias constatadas y que puede finalizar con una sanción administrativa. En otro orden de cosas también por infracción de las medidas de seguridad e higiene reglamentadas cabe imputación penal del empresario.

Hay que considerar que las prestaciones económicas al trabajador accidentado se pueden aumentar de un 30% a un 50% dependiendo de la gravedad de la infracción cometida por el empresario, habida cuenta las características, edad, sexo y puesto de trabajo del trabajador accidentado. Siendo independiente y compatible dicho incremento de indemnización con aquella otra que pueda corresponder o derivarse de demanda civil o denuncia penal al empresario.

B. Tipos de daños. Cuantificación económica de la indemnización.

Desde el día siguiente al accidente de trabajo y hasta que se le de el alta médica, el accidentado tendrá a percibir en concepto de incapacidad temporal (IT) el 75% de la base de cotización por contingencias profesionales.

Secuelas del accidente. Sufrido un accidente de trabajo se pueden producir dos tipos de lesiones

Lesiones permanentes no invalidantes. Se establece una cantidad según el baremo previsto reglamentariamente. El Baremo establece una cantidad económica a indemnizar por cada tipo de lesión producida.

Lesiones permanentes invalidantes. Se establece una cantidad según el baremo previsto reglamentariamente. El Baremo establece una cantidad económica a indemnizar por cada tipo de lesión producida.

Se subdividen cuatro incapacidades permanentes:

Incapacidad permanente parcial para profesión habitual. Es cuando el grado de invalidez supera el 33% de su rendimiento normal para dicha profesión, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma, y la prestación que corresponde es un solo pago de 24 mensualidades de la base de cotización (salario).

Incapacidad permanente total para la profesión habitual. Inhabilita al trabajador para la realización de todas las tareas o de las fundamentales de dicha profesión; siempre que pueda dedicarse a otra distinta. Se cobra una pensión vitalicia correspondiente al 55% de la base reguladora (se extrae sobre un cálculo de la base de cotización de los últimos 8 años y por tanto es inferior al salario actual), si es menor de 55 años. Para mayores de 55 y siempre que no trabajen en otra profesión, percibirán un 20% adicional sobre la base reguladora (es decir, cobrarán el 75% de su base reguladora).

Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo. El trabajador ha quedado inhabilitado para ejercer toda profesión u oficio, el cálculo de esta prestación es idéntico al punto a anterior, pero se percibe el 100% de la base reguladora.

Gran invalidez. El trabajador está en una situación de incapacidad permanecen y por consecuencia de perdidas anatómicas o funcionales necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos. En este caso se percibe el 150% de la base reguladora.

Todas las contingencias derivadas de accidentes de trabajo van a cargo de la MUTUA, en su calidad de entidad colaboradora de la Seguridad Social. No obstante la calificación del grado de invalidez corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que resuelve una vez oído al equipo de valoración de incapacidades (EVI).

C. Intervención del abogado

En Nuestra firma de abogados accidentes laborales Málaga, resolvemos sus dudas GRATIS y sin compromiso.

abogados accidentes laborales Málaga,  entiende que la intervención de un abogado especializado en accidentes laborales puede ser fundamental para que se produzca por parte de la Administración y Entidades Colaboradoras el reconocimiento del derecho a percibir las indemnizaciones que en derecho le corresponden.

abogados accidentes laborales Málagale efectuará la reclamación en vía administrativa y en su caso en vía judicial mediante la pertinente demanda y le exigirá todo aquello que en derecho le corresponda.

El letrado asignado perteneciente a la firma de abogados accidente laboral, examinará si el Convenio Colectivo que afecta al accidentado contempla seguros de vida en caso de fallecimiento o incapacidad y cabe una reclamación paralela en la vía civil por dicho concepto.

Además el abogado asignado perteneciente a la firma examinará el expediente administrativo y verá si como consecuencia de las deficiencias en el cumplimiento de las obligaciones de seguridad en el trabajo existe la posibilidad y conveniencia de efectuar otra reclamación paralela en la vía civil o penal dirigida contra el empresario, la empresa y/o compañía aseguradora de la misma, como se establece en los siguientes artículos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

 

¿Te ha gustado el artículo?

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.