ABOGADO ALCOHOLEMIA MÁLAGA
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PENAS DE CÁRCEL Y MULTA POR CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL
Existe delito contra la Seguridad en el Tráfico por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, ALCOHOLEMIAS. Será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses. Puede serlo también a trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. En todos los casos, con la privación del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior de 1 y hasta 4 años (ídem, conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas). (Abogado alcoholemia Málaga).
Contamos con un servicio de urgencias 24 horas, atendido por nuestros abogados penalistas, que resolverán cualquier duda que se le pueda plantear con este tipo de delitos contra la seguridad vial.
En cuanto a los límites legales de las tasas de alcohol para poder conducir. (en sangre o en aire expirado: 0,5 grs/por litro de sangre, 0,25 mgrs/por litro de aire expirado. Estas tasan bajan para conductores de vehículos de transporte de mercancías y transportes de viajeros). Se debe señalar que en todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre de superior a 1,2 gramos por litro.
La negativa a someterse a las pruebas de comprobación tasa alcoholemia, se penaliza con prisión de 6 meses a 1 año y privación del permiso de conducir por tiempo superior de 1 hasta 4 años. (Abogado alcoholemia Málaga).
EL DELITO CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO
Se comete un Delito contra la Seguridad en el Tráfico cuando se conduce:
– CON TEMERIDAD MANIFIESTA O si se ORIGINA GRAVE RIESGO PARA LA CIRCULACIÓN.
– EXCESO DE VELOCIDAD.- “Velocidad superior, en 60 km/h. en vía urbana o en 80 Km/h en vía interurbana, a la permitida reglamentariamente” (Se penaliza con las mimas penas que cuando se conduce con alcoholemia).
– CONDUCCIÓN SIN CARNET .- Para casos de pérdida del permiso o licencia por perdida total de puntos asignados. Tras haber sido privado cautelar o de definitivamente del permiso por decisión judicial. El conducir sin haber obtenido nunca el permiso o licencia de conducción (se penaliza con prisión o multa y trabajos en beneficio de la comunidad).
JUICIOS RAPIDOS: Este Despacho de Abogados le defiende en los Delitos de Seguridad en el Tráfico y sus procedimientos, incluidos los juicios rápidos penales.
JUICIO RAPIDO POR ALCOHOLEMIA: Si el conductor se declara culpable ante el Juzgado de Instrucción podrá beneficiarse de una notable ventaja. La rebaja en un tercio de la pena solicita por el Fiscal. Y siendo así, es muy habitual que en casos de control por alcoholemia, previa conformidad con el Ministerio Fiscal. El conductor puede ser condenado con la pena rebajada, siendo la mínima pena posible la privación del derecho a conducir durante 8 meses y 1 día, más una multa económica de 4 meses de 8-15 €/día. (o algo más dependiendo de los ingresos). (Abogado alcoholemia Málaga).
ABOGADOS ESPECIALISTAS EN LA DEFENSA DE ACUSACIONES POR CONDUCIR CON ALCOHOL
CUMPLIMIENTO FRACCIONADO O DISCONTINUO DE LA PENA DE PRIVACION DEL PERMISO DE CONDUCIR. FRACCIONAMIENTO DE LA PENA POR ALCOHOLEMIA PARA NO PONER EN PELIGRO EL PUESTO DE TRABAJO DE DETERMINADOS PROFESIONALES.
El cumplimiento de la pena de privación del permiso de conducir plantea especiales problemas a determinados profesionales que ejercen su profesión con la conducción de un vehículo a motor, medio que le es imprescindible para su sustento y la de su familias, tales como taxistas, transportistas, viajantes de comercio y determinados empresarios y empleados, donde el cumplimiento CONTINUO de la pena es mucho más gravoso que para el ciudadano normal, que no depende de su vehículo para trabajar. Hay que tener en cuentas todas las circunstancias concretas de caso, dado que se pretende un supuesto excepcional al cumplimiento continuo de la pena.
Esta posibilidad no se admite de manera pacífica por los Juzgados y Tribunales, ya que hay sectores doctrinales que sólo admiten el cumplimiento íntegro de la pena o bien de manera muy excepcional y por razones muy fundadas el cumplimiento discontinuo. Así por ejemplo esta posibilidad se admite por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 17ª en sentencia de fecha 27 de febrero de 2007. Ejecutoria nº 212/2005, en que si se consideró que estaba justificado el fraccionamiento en el cumplimiento de una pena mínima de 1 año y 1 día de privación del permiso de conducir, permitiendo al condenado su cumplimiento en un periodo máximo de dos años. (Abogado alcoholemia Málaga).