ABOGADO ASISTENCIA MENOR DETENIDO
(Abogado asistencia menor detenido). ¿Buscando un experto? Si es así, no le quepa la menor duda que está en el lugar indicado. Y es así, pues SOMOS EL PRIMER DESPACHO DE ABOGADOS DEL PAÍS, ESPECIALIZADO EN LA DEFENSA DE ESTE TIPO DE RECURSOS. TRABAJAMOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL. Nuestros abogados penalistas tramitan asuntos en todo el país, participando incluso, en cursos de formación, en esta área concreta del derecho. Nuestros abogados derecho penal menores, intervienen en los asuntos más relevantes a nivel nacional. Puede comprobarlo en la página de inicio de nuestra web, donde hemos colocado algunas intervenciones en las principales televisiones del país; TVE, A3, TELE5, LA SEXTA. (Entre otras).
EXPERTOS EN PENAL PARA MENORES DE EDAD EN MÁLAGA
Es por ello, por lo que contamos en nuestro bufete de abogados, con un servicio vanguardista; Un teléfono de urgencias, permanentemente atendido por abogados expertos en menores, para resolverle las dudas, que en relación a este tipo de delitos pueda tener. (somos especialistas en menores). (Abogado asistencia menor detenido Málaga).
Lejos queda ya la conocida Directiva Comunitaria 2013/48 UE del Parlamento Europeo sobre derecho a la asistencia del Letrado en los procesos penales y en los procedimientos relativos a la orden de detención europea, que venía a responder a una necesidad real reclamada de manera unánime por los Abogados: una regulación más exhaustiva que garantizara al detenido una defensa más inmediata, justa y real. (Abogado asistencia menor detenido Málaga).
Podemos ayudarle
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-En cuanto a la asistencia del MENOR DETENIDO.
En el caso de la detención de un menor (mayor de 14 años y menores de 18 por comisión de hechos tipificados como delitos en el CP o leyes penales especiales). Toda “declaración, (aquí llamada exploración del menor), se llevará a cabo en presencia de Letrado designado y de aquellos que ejerzan la patria potestad, tutela o guarda del menor, salvo que las circunstancias aconsejen lo contrario.
En defecto de los mismos, la declaración se llevará a cabo en presencia del Ministerio Fiscal. El menor tendrá derecho a una entrevista reservada con su abogado con anterioridad y al término de la práctica de la diligencia de toma de declaración. El menor detenido No podrá renunciar a la asistencia letrada en ningún caso.
.-Para concluir y dada su relación con la asistencia letrada y la figura del detenido, haremos un breve apunte sobre el procedimiento del habeas corpus. Por todos, es bien conocida la consagración constitucional de este derecho en el art. 17.4 CE que fue consagrada en la LO de 24 de Mayo de 1984, y que tiene como finalidad primordial poner al detenido a disposición judicial con la mayor celeridad posible para que ésta realice un control de la legalidad o ilegalidad de la detención.
Están legitimados para pedirla el privado de libertad, cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad, descendientes, ascendientes, hermanos y en caso de menores, sus representantes legales, el Ministerio Fiscal, el Defensor del Pueblo y el Juez. En cuanto a la legitimación del Abogado para pedirla, aunque legalmente no se hace referencia al mismo, salvo que sea representante legal o se den razones de parentesco o afectividad), el TC en la Sentencia 224/1998 de 24 de Noviembre, estableció que el Abogado se halla legitimado tácitamente, ya que siempre podrá actuar como mandatario del detenido. (Abogado asistencia menor detenido Málaga).
El detenido tiene derecho a entrevistarse reservadamente y con todas las garantías con su Abogado antes de cualquier declaración policial. Esta cuestión marca un antes y un después en materia de asistencia al detenido por parte de su Letrado.
Con anterioridad a la declaración del menor detenido.
.- Derecho a entrevista antes de que el detenido o sospechoso sea interrogado por la policía u otras fuerzas o cuerpos de seguridad o autoridades judiciales.
.-Derecho , en su caso, a un intérprete en sede policial y judicial, incluso en las entrevistas con el abogado, así como a la traducción de los materiales. (Abogado asistencia menor detenido Málaga).
.-Asegurarse de que al detenido le han sido leído sus derechos y asesorarle sobre la conducta a observar durante los interrogatorios, incluida la de guardar silencio (muy recomendable aconsejar no declarar en dependencias policiales y hacerlo ante el Juez) y comunicar a un tercero su situación de privación de libertad y, en caso de ser extranjero, comunicarlo a las autoridades consulares.
Ante la negativa del examen del atestado policial previo a la declaración , o cuando los motivos de ello generen dudas en el abogado, éste podrá hacer constar la PROTESTA en diligencia previa a la declaración y como parte integrante del atestado policial. (Abogado asistencia menor detenido Málaga).
.- El abogado deberá asegurarse de que se trata de la primera diligencia policial en la que intervenga el detenido a nivel personal. (Abogado asistencia menor detenido Málaga).
Durante la entrevista al Menor detenido.
- .- El Abogado debe asegurarse que, durante la declaración al detenido, le son respetados sus derechos constitucionales.
- .- El abogado deberá asegurarse que el detenido no sufre coacción o cualquier otro trato que atente contra su dignidad y libertad. (Abogado asistencia menor detenido Málaga).
- .- Para ello hará las observaciones oportunas que estime pertinentes y podrá hacerlo constar en el atestado.
- .-Deberá asegurarse el abogado, de que dicha entrevista se realiza de la forma menos perjudicial para la persona, reputación o patrimonio del detenido.
- .-Leer detenidamente la declaración, a fin de que la transcripción sea la correcta, sin omisiones, incongruencias, errores y otras cuestiones que pudieran distorsionar la manifestación realizada por nuestro defendido. Huelga decir que de ningún modo pueden incluirse en la misma valoraciones, observaciones o juicios ajenos al detenido.
Finalizada la declaración del Menor detenido.
Terminada la entrevista, el Abogado puede preguntar en la dependencia policial cuándo lo van a pasar a disposición judicial. El objetivo será el valorar si existe alguna de las causas que permiten aconsejar la petición de habeas corpus. El abogado debe asistir a cualquier diligencia ulterior a la declaración. Sea o no preceptiva nuestra presencia. Como comparecencias, reconocimientos de rueda, careos, declaraciones ampliatorias, testificales. (Abogado asistencia menor detenido Málaga). Si el detenido se encuentra en prisión, el Abogado tiene la obligación de visitarle periódicamente en la prisión preventiva. También, informarle adecuadamente tanto del escrito de acusación como el de conclusiones provisionales de la defensa, de las preguntas que vamos a formular. (Abogado asistencia menor detenido Málaga).