ABOGADO DELITO CONTRABANDO LA LINEA
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El contrabando consiste en importar o exportar mercancías de lícito comercio sin presentarlas para su despacho en las oficinas de aduanas o en los lugares habilitados por la Administración aduanera, en realizar operaciones de comercio, tenencia o circulación de mercancías no comunitarias de lícito comercio sin cumplir los requisitos legalmente establecidos para acreditar su lícita importación o destinar al consumo las mercancías en tránsito con incumplimiento de la normativa reguladora de este régimen aduanero, establecida en los artículos 62, 63, 103, 136, 140, 143, 144, 145, 146 y 147 del Reglamento (CE) nº 450/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece el Código Aduanero Comunitario (Código Aduanero Modernizado) y sus disposiciones de aplicación, así como en el Convenio TIR de 14 de noviembre de 197, siempre que el valor de los bienes, mercancías, géneros o efectos sea igual o superior a 150.000. (Abogado delito contrabando tabaco la Línea).
También cometen delito de contrabando los que exporten o expidan bienes que integren el Patrimonio Histórico Español sin la autorización de la Administración competente cuando ésta sea necesaria o realicen operaciones de importación, exportación, comercio, tenencia o circulación de géneros estancados o prohibidos, incluyendo su producción o rehabilitación, sin cumplir los requisitos establecidos en las leyes o de especímenes de fauna y flora silvestres y sus partes y productos, de especies recogidas en el Convenio de Washington, siempre que el valor de los bienes, mercancías, géneros o efectos sea igual o superior a 50.000 euros. (Abogado delito contrabando tabaco la Línea).
Cometen, asimismo, delito de contrabando cuando el objeto del mismo sean drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas, armas, explosivos, agentes biológicos o toxinas, sustancias químicas tóxicas y sus precursores, o cualesquiera otros bienes cuya tenencia constituya delito, o cuando el contrabando se realice a través de una organización, con independencia del valor de los bienes, mercancías o géneros. En el caso de tratarse de labores de tabaco el valor ha de ser igual o superior a 15.000 euros. (Abogado delito contrabando tabaco la Línea).
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También comete delito de contrabando quien, en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión, realiza una pluralidad de acciones u omisiones de las citadas anteriormente en las que el valor de los bienes, mercancías, géneros o efectos aisladamente considerados no alcance los límites cuantitativos de 150.000, 50.000 ó 15.000 euros, pero cuyo valor acumulado sea igual o superior a dichos importes.
NORMATIVA SOBRE CONTRABANDO. MODIFICACIONES DE 2011
Se dice que el Derecho penal como conjunto sistemático de normas, precisa unidad, estabilidad, consistencia y fijeza. En el año 2011 el legislador ha iniciado ligeros retoques en el Derecho Penal centrados en reformas de la legislación penal especial, esto es, en las denominadas leyes penales especiales.
Entre otras se ha modificado: (Abogado delito contrabando tabaco la Línea).
a) Código penal militar.
b) Ley Orgánica reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
c) Ley de protección de los cables submarinos.
d) Ley penal y procesal de la navegación aérea.
e) Ley de régimen jurídico de control de cambios.
f) Ley Orgánica de represión del contrabando.
g) Ley Orgánica sobre el régimen electoral general
h) Ley sobre policía de ferrocarriles.
i) Ley Orgánica del Tribunal del Jurado.
j) Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
Y, centrando el estudio en la legislación especial de contrabando, la Ley Orgánica 6/20111, por la que se modifica sustancialmente la Ley Orgánica 12/1995, de represión del contrabando ha supuesto una modificación de aspectos penales muy completa. (Abogado delito contrabando tabaco la Línea).
NOVEDADES LEGISLATIVAS EN MATERIA DE CONTRABANDO
La Ley Orgánica 6/20111 ha modificado sustancialmente, la Ley Orgánica 12/1995, de represión del contrabando, en adelante LORC.
Como se sabe, la persecución del contrabando, desde el punto de vista legislativo, constituye ser una especializada altamente tecnificada y compleja, dada la propia sofisticación de la actividad mercantil y de transporte, la variedad de regulaciones (mercantiles, fiscales, aduaneras y administrativas) nacionales e internacionales.
Toda esta complejidad de la regulación, que afecta obviamente a la terminología legal en la que se construye la LORC requiere, ab initio, una larga lista de términos legales, a través de los cuales el legislador opera interpretaciones auténticas que permite aplicar el tenor de la Ley. De ello se encarga su primer artículo, denominado Definiciones, en los siguientes términos literales, según la reforma operada por la citada LO 6/2011: (Abogado delito contrabando tabaco la Línea).