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En este tipo de delitos es fundamental disponer de una asistencia legal lo más pronto posible. Es de importancia máxima es orientar la defensa en función de lo ocurrido. Pudiera ser necesario el realizar exámenes toxicológicos de orina, sangre y pelo para demostrar inocencia del acusado o probar la relación con lo acaecido como mero consumidor sin pertenecer a ninguna organización de tráfico. En cualquier caso, lo primero, en momentos tan importantes, es disponer de la mejor asesoría legal mediante un abogado especialista en tráfico de drogas.
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El tráfico de drogas, a pesar de ser un concepto repetido hasta la saciedad por los medios de comunicación, sigue siendo un gran desconocido por la ciudadanía, al menos en cuanto al alcance del concepto y el tipo de conductas que pueden llegar a constituir dicho delito. El objetivo de esta entrada de nuestro blog es, precisamente, intentar ordenar y arrojar un poco de luz sobre dicho desconocimiento. Contamos con nuestros Abogados para asistencia a detenidos.
El artículo 368 del Código Penal establece que los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.
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Cuando una Persona tiene un expediente penal de esta gravedad su único objetivo es obtener el mejor resultado posible. Para ello necesita a los mejores Abogados Penalistas. Los Mejores Abogados Delito Tráfico Drogas en Málaga, sin duda. A nivel nacional hemos de señalar que son Expertos en Delitos de Tráfico de Drogas y también existe la Firma de Abogados Penalistas con servicio las 24 horas. Máximo esfuerzo y garantía de un servicio Profesional de Abogados delito tráfico drogas Málaga.
La conducta del delito de tráfico de drogas
Según el art 368 del Código Penal constituye, pues, un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas, la conducta de quienes cultiven elaboren, trafiquen, o de cualquier otro modo favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas estupefacientes o sustancias psicotrópicas o las posean con aquellos fines.
Dada la amplitud de la expresión “o de cualquier otro modo promuevan favorezcan o faciliten…” lo cierto es que nuestros tribunales han entendido que cualquier acto constituirá el delito de tráfico de drogas. Siempre, si se ha realizado con la finalidad de promover o favorecer su consumo. Lógicamente, esto puede suponer un problema de prueba. Pero ese es un caso distinto del objeto de esta entrada que trataremos próximamente
Sin embargo, esa amplitud en la definición del delito tiene una gran relevancia, pues implica que se reduce a la mínima expresión (y sólo a causa de la interpretación de una minoría de nuestros tribunales) la posibilidad de que el delito de tráfico de drogas pueda conocer formas imperfectas en su ejecución.
Clases de sustancias y penas
Continúa el artículo 368 estableciendo que dicho delito será castigado con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.
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Pero el tipo de sustancias no es lo único relevante a la hora de graduar la gravedad del hecho. Lógicamente, también la cantidad y calidad (pureza) de esa sustancia resulta muy relevante, pues, dependiendo de la cantidad existe la posibilidad de considerar el delito en su modalidad atenuada, dada escasa entidad del hecho. NUESTRA FIRMA CUENTA CON CIENTOS DE COMENTARIOS POSITIVOS EN TODAS LAS REDES SOCIALES. ESTO ES UNA MUESTRA DE AGRADECIMIENTO QUE NOS MOTIVA A SEGUIR MEJORANDO Y DANDO CADA DÍA EL CIEN POR CIEN.
También influye a la hora de valorar varios conceptos de gran relevancia en la materia como son la dosis mínima psicoactiva, (por debajo de la cual se entiende que no existe delito, al no existir una cantidad de sustancia tóxica suficiente para causar un perjuicio a la salud).
Finalmente la cantidad que constituye notoria importancia de sustancias estupefacientes también puede tener una gran relevancia pues permite imponer las penas superiores en grado. Sobre estas cantidades hablaremos en otra entrada de nuestro blog.