Abogado especialista recurso casación penal







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Juani Montalvan
Juani Montalvan
16/09/2023
Es indiscutible vuestra calidad como letrados, pero lo que es infinitamente superior es vuestra bondad como personas. En los momentos mas difíciles habéis estado allí y eso no lo olvidare nunca.
Almudena Cerezo
Almudena Cerezo
31/08/2023
Desde el primer minuto fueron muy honestos conmigo, lo que se podría lograr y lo que no y que iban a hacer el máximo para conseguir lo mejor, y así fue porque consiguieron algo mejor aun de lo que pensábamos.
Moises Garrido
Moises Garrido
20/08/2023
Unos abogados como la copa de un pino, han sido capaces de conseguir una resolución que ni yo mismo esperaba en el mejor de los casos.
Victor Sanz
Victor Sanz
19/08/2023
El trato humano que te dispensan desde el primer momento es impresionante, entendiendo el momento difícil que tienes, eso sumado a su profesionalidad hacen e coctel perfectos con resultados perfectos.
Xavi Jimenez
Xavi Jimenez
18/08/2023
Volvería a confiar en ellos sin pestañear, sin dudarlo ni un solo segundo.
Mario Casanova
Mario Casanova
17/08/2023
Solo quiero dar las gracias por todo lo que han hecho por mi.
Samuel Garrido
Samuel Garrido
17/08/2023
Muy buenos abogados, los recomendaría.
Jaime Salgado
Jaime Salgado
17/08/2023
Profesionales, empáticos, atentos, activos, y con mi caso consiguieron unos resultados magníficos.
Aurelio Gonzalez
Aurelio Gonzalez
17/08/2023
Me los recomendaron y fue un gran acierto hacerles caso y acudir con mi problema a ellos, gracias a su esfuerzo y sabiduría tuvo una buena solución.
Javi Lomas
Javi Lomas
16/08/2023
Los mejores abogados penalistas que hay en Málaga, realmente son muy muy buenos.

ABOGADO ESPECIALISTA RECURSO CASACIÓN PENAL 

(Abogado especialista recurso casación penal). Está Ud. en la web del bufete más especializado del país, en la tramitación del Recurso de Casación Penal ante la Sala segunda del Tribunal Supremo. Muchas son las personas, además de otros despachos de abogados, los que contactan con nuestro departamento de abogados penalistas, para encargarles la tramitación del procedimiento; El Recurso de Casación penal, ante el Tribunal Supremo, exige una ESPECIALIZACIÓN MÁXIMA en la materia, y no todos los abogados, están acostumbrados en su quehacer diario, a tramitar este tipo de recursos.

Dicho lo anterior, vamos a profundizar más, en lo que es, un recurso de casación penal, ante la Sala segunda del Tribunal Supremo, con sede en Madrid.  (Abogado especialista recurso casación penal).

El sistema de recursos es uno de los aspectos principales de toda reforma procesal, de ahí que se trate de una materia que no podía quedar fuera de la reforma procesal penal operada por la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales, sobre todo teniendo en cuenta que desde 2003 teníamos prevista ya en la Ley Orgánica del Poder Judicial una previsión orgánica para hacer realidad la generalización de la segunda instancia penal, que sin embargo no se había desarrollado aún. Déficit que también se venía produciendo en el marco del recurso extraordinario de revisión de sentencias firmes, cuando se trataba de dar cumplimiento a las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Y aprovechando la referida reforma, el legislador ha introducido también algunas mejoras en el recurso de casación, lo que va a permitir que el Tribunal Supremo pueda cumplir su función unificadora de la doctrina penal en todas las materias del derecho penal.

La casación penal española, lo mismo que la de otros países de la Unión Europea que tienen estructurada su jurisdicción en forma similar a la española, como Alemania, Francia e Italia, cumple sobradamente las exigencias del  Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (arts. 2.3 a) y 14.5), pues aunque el recurso no reciba el nombre de apelación, que es el término utilizado en el sistema procesal penal anglosajón, ni se la califique formalmente de «segunda instancia», permite, como lo establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal: controlar la aplicación del derecho sustantivo (art. 849.1º) y de los principios del proceso penal (arts. 850, 851 y 852); entrar en el eventual error en la apreciación de la prueba, basado en documentos que obren en autos que demuestren la equivocación del Tribunal de instancia (art. 849.2º), un supuesto también de infracción de ley, aunque indirecta, pues lo que tiene lugar aquí es una errónea determinación de los hechos, que es posible comprobar al tribunal de casación, como es el caso de aquellos documentos que constatan hechos y cuyo contenido, en principio, es vinculante para el Tribunal (por ejemplo, una partida del registro civil, escrituras públicas, certificaciones emitidas por un funcionario competente para ello, etc.), infringiéndose, pues, la ley, al haber sido aplicada a un hecho que, en realidad, no constituye el presupuesto de hecho; permite controlar la valoración de la prueba en lo que es controlable, esto es, en cuanto a su razonabilidad o no arbitrariedad, por ser, en realidad, una cuestión de derecho (arts. 24.2 y 9.3 de la Constitución), es decir, el tribunal revisor de la prueba que no la ha percibido directamente no puede controlar la credibilidad de las pruebas personales practicadas – cuestión de hecho –, pero sí puede controlar  los problemas relativos a la insuficiencia de la prueba o de su ponderación no racional; y, en fin, también permite el conocimiento de toda pretendida infracción de precepto constitucional (art. 852).

Podemos ayudarle

En Abogados Málaga somos Abogados Especialistas en Penal en Málaga. Si necesita un despacho con amplia experiencia, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.

Si a todo ello añadimos que la casación penal española no reenvía la causa al tribunal que dictó la sentencia impugnada, salvo supuestos de quebrantamiento de forma, sino que el mismo Tribunal Supremo dicta una nueva sentencia sobre el fondo que sustituye a la anulada, conforme a la doctrina que este Tribunal aplica en su Sentencia, facilitando así al ciudadano la reparación inmediata de la lesión jurídica sufrida, es palmariamente claro que el recurso de casación es un verdadero «recurso efectivo», en el sentido del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, pues permite un nuevo y amplio examen de cuantas cuestiones son susceptibles de revisión por un Tribunal superior, que puede, además, revocar la sentencia recurrida y dictar, él mismo, una nueva sentencia.  (Abogado especialista recurso casación penal).

El recurso de casación, pues, en realidad no es un recurso extraordinario, al menos como se ha venido concibiendo hasta ahora, por más que se empeñen algunos autores en afirmarlo – contribuyendo así a la confusión creada en el Comité de Derechos Humanos sobre su verdadera naturaleza y alcance -, sino un recurso ordinario, aunque sometido a un filtro de admisión, que permite una amplia revisión por el Tribunal Supremo. Otra cosa es que, una vez generalizada ya la apelación, pueda ir recuperando su carácter extraordinario.  (Abogado especialista recurso casación penal).

Pero la esencia de este recurso no es otra sino la de garantizar la igualdad en la aplicación del derecho, de ahí que su objeto deba quedar limitado a las cuestiones de derecho, especialmente ahora – insisto – que se ha generalizado la apelación contra todas las sentencias.  (Abogado especialista recurso casación penal).

Es una novedad que las sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal y recurridas en apelación ante la Audiencia Provincial, puedan acceder a la casación, aunque sólo por la vía de la infracción de ley del art. 849.1º LECrim. Ello permitirá que pueda elaborarse jurisprudencia sobre delitos que nunca habían llegado al Tribunal Supremo.

Ahora bien, el legislador ha sido consciente de que esta nueva vía podría incrementar excesivamente el trabajo de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, razón por la que ha introducido una modificación en la fase de admisión del recurso, previéndose para estos supuestos la posibilidad de inadmisión a trámite del recurso de casación, mediante una sucinta providencia motivada, siempre que haya unanimidad por carencia de interés casacional.

«Interés casacional» cuyo significado se explica en el preámbulo de la ley. Habrá interés casacional: si la sentencia recurrida se opone a la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo, si va a permitir resolver cuestiones sobre las que exista jurisprudencia contradictoria de las Audiencias Provinciales, o si no existiera doctrina jurisprudencial ya consolidada sobre la cuestión. (Abogado especialista recurso casación penal).

 

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