ABOGADO JUICIO DELITO LEVE MÁLAGA
(Abogado juicio delito leve Málaga). Somos abogados especialistas en juicios por delitos leves: estudiaremos detalladamente su asunto, preparando la estrategia más conveniente para su defensa e interviniendo en su juicio (práctica de pruebas, conclusiones, recurso de apelación…).
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Nuestros Honorarios son razonables, estando adaptados a lo dispuesto por el libro de honorarios del colegio de abogados. Presupuesto sin compromiso.
Si es usted denunciado, considere la conveniencia de extremar su defensa utilizando un abogado puesto que la condena por delito leve aunque no suponga pena privativa de libertad, conlleva la imposición de multa y la generación de antecedentes penales. Si es usted perjudicado, considere el denunciar inmediatamente (actualmente no existe la denuncia de oficio para las lesiones mediante simple parte médico, debiendo formularse denuncia expresamente por el perjudicado) y considere el hecho de servirse de acusación particular para lograr una sentencia favorable a sus intereses. ”. (abogado juicio delito leve Málaga).
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La LO 1/2015 ha modificado radicalmente la tramitación y el enjuiciamiento de los hechos de carácter leve para derogar el Libro III del Código Penal y crear el procedimiento por delitos leves en los arts. 962 y ss Lecrim desapareciendo el juicio de faltas antes contemplado en los citados preceptos.
Durante mucho tiempo se ha venido cuestionando la vigencia de las faltas en el texto penal y ha sido la LO 1/2015 la que finalmente las ha derogado despenalizando algunas y pasando otras actuaciones como las desobediencias leves a agentes de la autoridad a meras infracciones administrativas. La exposición de motivos de la LO 1/2015 señala las razones de este cambio.
Así, una buena parte de los operadores jurídicos viene reclamando la supresión de las infracciones penales constitutivas de falta: por la notoria desproporción que existe entre los bienes jurídicos que protegen y la inversión en tiempo y medios que requiere su enjuiciamiento; pero también por la dudosa necesidad de que conductas carentes en muchos casos de gravedad suficiente, deban ser objeto de un reproche penal. (abogado juicio delito leve Málaga).
Sólo se mantienen aquellas infracciones merecedoras de suficiente reproche punitivo como para poder incluirlas en el catálogo de delitos, configurándose en su mayoría como delitos leves castigados con penas de multa.
En general se recurre a la imposición de penas de multa, que se estiman más adecuadas para sancionar infracciones de escasa entidad, y además con un amplio margen de apreciación para que el juez o tribunal pueda valorar la gravedad de la conducta. No obstante, se recurre a la imposición de penas de trabajos en beneficio de la comunidad y de la localización permanente cuando se trata de delitos de violencia de género y doméstica, con el fin de evitar los efectos negativos que para la propia víctima puede conllevar la imposición de una pena de multa. (abogado juicio delito leve Málaga).
La reforma supone la derogación completa del Libro III del Código Penal, de forma que desaparece la infracción penal constitutiva de falta. Ello exige adecuar un gran número de artículos que hacen referencia a la dualidad delito o falta, simplemente para eliminar esa mención a las faltas penales. De ahí la extensión de la reforma que se acomete, que en muchos casos consiste en una mera adecuación de la regulación a la supresión del sistema dualista, como sucede con buena parte de los artículos de la parte general del Código Penal, o con otros preceptos de la parte especial como los relativos a las asociaciones ilícitas, la prevaricación judicial o la imputación de delitos, o también el castigo de la receptación en faltas, que con la reforma queda derogado. (abogado juicio delito leve Málaga).