Abogado negligencia médica Málaga







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Abogado negligencia médica Málaga
Abogado negligencia médica Málaga

Bienvenido a la página web de nuestro despacho de abogados. Somos un bufete de abogados, especialistas en asuntos de responsabilidad civil. Dentro de esta rama del derecho se enmarcan los asuntos relacionados con la reclamación de responsabilidad profesional en asuntos de negligencias médicas, (derivados de actos incorrectamente ejecutados por médicos o personal sanitario). Somos expertos en este tipo de asuntos, y por ello ponemos a su disposición un altamente especializado equipo de abogados y peritos. (Abogado negligencia médica Málaga).

En el post de hoy, vamos a tratar de acercarle a conocer que es una negligencia médica y las consecuencias que se derivan de la misma.

Una negligencia médica se produce cuando un profesional sanitario actúa apartándose de los estándares médicos exigibles (por acción u omisión) causando en la mayoría de ocasiones un daño físico y moral al paciente.

¿CUÁLES SON LAS NEGLIGENCIAS MÉDICAS MÁS COMUNES?

Podemos ayudarle

En Abogados Málaga somos Abogados Especialistas en Penal en Málaga. Si necesita un despacho con amplia experiencia, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.

Retraso en el diagnóstico.
Error en el diagnóstico o en su interpretación.
Intervenciones quirúrgicas con resultado lesivo para el paciente.
Prescripción inadecuada de medicamentos.
No seguimiento de protocolos.
Transmisión por transfusión sanguínea de enfermedades como la Hepatitis o el SIDA.
No obtención del resultado prometido en cirugía estética, voluntaria, en liposucciones, procesos de adelgazamiento, colocación de protesis, etc…
Infecciones intrahospitalarias.
Daños producidos por el propio material quirúrgico o bien por su olvido en el interior del paciente.
Fallecimiento por no prestarse asistencia sanitaria de urgencia.
Falta de consentimiento informado, y por consiguiente de la información previa del acto a realizar con sus posibles alternativas y consecuencias.
No supervisar debidamente al paciente en el post-operatorio.

¿QUÉ DEBE HACER SI CREE HABER SUFRIDO UNA NEGLIGENCIA MÉDICA?

En esos momentos debe tener muy presente que cualquier documentación médica puede tener una gran importancia en una reclamación posterior, por ese motivo se ha de solicitar copia de todo documento médico, aunque a su entender sea un documento sin importancia. Cuando nos encontremos con lesiones provocadas por una negligencia es también aconsejable hacer un seguimiento fotográfico de la evolución de la lesión en cuestión. Lo antes posible deberá contactar con un despacho de abogados especialista en esta materia para que le puedan orientar y aconsejar según las circunstancias, ya que en ocasiones estos primeros momentos son de suma importancia para el éxito del posterior procedimiento. (Abogado negligencia médica Málaga).

¿QUÉ PROCEDIMIENTOS SE PUEDEN SEGUIR PARA RECLAMAR POR LOS DAÑOS SUFRIDOS A CAUSA DE UNA NEGLIGENCIA MÉDICA? ¿Y DE QUÉ PLAZO HAY PARA RECLAMAR?

En este punto nos encontramos con dos grandes grupos, en primer lugar se encuentran los errores médicos cometidos en centros médicos públicos o por sus profesionales sanitarios (en la Seguridad Social), y por otro lado encontramos los errores sufridos en centros médicos privados o por profesionales médicos privados.

Si la negligencia se comete en la SANIDAD PÚBLICA (Hospitales públicos, centros de salud, ambulatorios): (Abogado negligencia médica Málaga).

El procedimiento en estos casos a seguir es una RECLAMACIÓN POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL ante la administración sanitaria competente. Es un procedimiento administrativo donde se reclama ante la administración causante de la negligencia médica una indemnización por los daños y perjuicios provocados por su mal actuar.

El plazo máximo para iniciar este procedimiento es de un año desde la ocurrencia de la negligencia médica, desde el fallecimiento del paciente, o en el caso de que a causa de esta negligencia médica se cause o agrave una lesión/daño/enfermedad este plazo empezaría a contar desde la fecha en la que cure o estabilice esta lesión/daño/enfermedad.

La cura o estabilización se produce cuando la víctima recibe el alta de las lesiones provocadas, bien porque ya están curadas o bien porque ya están estabilizadas, y por tanto consolidadas como secuela para el resto de su vida. Es complejo poder determinar con exactitud el momento en el que comienza a contar el plazo para reclamar, por eso lo conveniente es que lo consulte con su abogado especialista, este punto simplemente debe servir como una pequeña orientación, porque en ocasiones hay otras circunstancias que hay que tener en cuenta. (Abogado negligencia médica Málaga).

Si la negligencia se comete en la SANIDAD PRIVADA (Hospitales y centros médicos privados, médicos privados, odontólogos, centros de cirugía estética, cirujanos plásticos…):

El procedimiento a seguir es una DEMANDA por RESPONSABILIDAD CIVIL contra los causantes del daño, ante la jurisdicción CIVIL: Es un procedimiento que se sigue ante los Tribunales de justicia de la jurisdicción CIVIL.

En cuanto al plazo de prescripción en este supuesto, lo habitual es un plazo de 15 años (en el caso de Responsabilidad Contractual), aunque en ocasiones podría ser de 1 año (Responsabilidad Extracontractual). Este plazo empezaría a contar, igual que en el caso anterior, desde la ocurrencia de la negligencia médica, desde el fallecimiento del paciente o en el caso de que a causa de esta negligencia médica se cause o agrave una lesión/daño/enfermedad este plazo empezaría a contar desde la fecha en la que cure o estabilice esta lesión/daño/enfermedad. El concepto de estabilización viene explicado en el punto anterior.

Por último indicar que existe la posibilidad en ambos campos (público y privado) de acudir a la jurisdicción penal, aunque a nuestro entender no sea lo más conveniente en la mayoría de casos.

¿QUÉ SE DEBE INDEMNIZAR?

En este punto nos encontramos con dos grupos:

1) DAÑOS PERSONALES: (Abogado negligencia médica Málaga).

Lesiones Permanentes: Se debe indemnizar todas las lesiones estabilizadas, secuelas, que han sido causadas por la negligencia médica sufrida.
Incapacidad Temporal: Este supuesto es el tiempo en el que ha tardado en curar o estabilizar las lesiones provocadas por el error médico
Daño Moral: El daño moral consiste en el dolor, la angustia, la aflicción física o espiritual, y en general, los padecimientos infligidos a la víctima por el evento dañoso. Este daño en ocasiones no sólo lo padece quien ha sufrido la negligencia médica en su misma persona, sino sus familiares debiendo considerarse a estos también como víctimas de la negligencia cometida por el profesional sanitario

2) DAÑOS MATERIALES: (Abogado negligencia médica Málaga).

Daño Emergente: Engloba todos los gastos soportados por la víctima a causa de la negligencia médica padecida, tanto presentes como futuros (futuras intervenciones, rehabilitación, transportes, gastos médicos…)
Lucro Cesante: Es la pérdida de la situación y capacidad económica del individuo perjudicado.

LA IMPORTANTE FIGURA DEL PERITO MÉDICO. (Abogado negligencia médica Málaga).

En los procedimientos en los que se intentan conseguir una responsabilidad por parte del médico es estrictamente necesario el contar con otro médico, con un perito experto en la materia, quien tras estudiar en un primer momento toda la documentación médica nos informará sobre la existencia de la negligencia médica, emitiendo un posterior informe pericial en el que concretará cuales han sido los errores médicos, fundamentándolos, estableciendo el nexo entre esos errores y el daño infligido a la víctima. Estos informes son vitales en estos procedimientos ya que son ellos quienes dan una fundamentación estrictamente técnica del caso determinado.

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