ABOGADO RECLAMACIÓN SEGURO INCAPACIDAD MÁLAGA
(Abogado reclamación seguro incapacidad Málaga). ¿Buscando un experto? Si es así, no le quepa la menor duda que está en el lugar indicado. Y es así, pues SOMOS EL PRIMER DESPACHO DE ABOGADOS DEL PAÍS, ESPECIALIZADO EN ESTE TIPO DE SITUACIONES. TRABAJAMOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL. Nuestros abogados tramitan asuntos relacionados con estas situaciones tan excepcionales, en todo el país, participando incluso, en cursos de formación, en esta área concreta del derecho. Nuestros abogados intervienen en los asuntos más relevantes a nivel nacional. Puede comprobarlo en la página de inicio de nuestra web, donde hemos colocado algunas intervenciones en las principales televisiones del país; TVE, A3, TELE5, LA SEXTA. (Entre otras). Es por ello, por lo que contamos en nuestro bufete de abogados, con un servicio vanguardista; Un teléfono de urgencias, permanentemente atendido por abogados penalistas, (expertos en derecho penal), para resolverle las dudas, que en relación a este tipo de delitos pueda tener. (Abogado reclamación seguro incapacidad Málaga).
Las compañías aseguradoras se niegan, en muchas ocasiones, a pagar las indemnizaciones por seguros de vida e invalidez. Estos casos suelen terminar en reclamaciones judiciales, con muchas posibilidades de lograr un resultado positivo para los asegurados. (Abogado reclamación seguro incapacidad Málaga).
Seguramente tengas contratadas varias pólizas de seguros. En la sociedad en la que vivimos todos somos asegurados, unas veces porque estamos obligados por ley y otras no, pero siempre persiguiendo cubrir ciertos riesgos y cobrar una indemnización cuando se produce determinado acontecimiento. Sin embargo, el problema surge cuando la compañía aseguradora no responde ante algún percance. Muchas veces se escudan en cláusulas abusivas e, incluso, deniegan la totalidad de la cobertura. Si estás en alguno de estos casos, no dudes en llamar a un abogado especialista en seguros e interponer la oportuna reclamación judicial para obtener tu indemnización.
Si te concedieron una hipoteca en los momentos álgidos de la burbuja inmobiliaria, es probable que, en su momento, te instaran a firmar también un seguro de vida e invalidez. Era una práctica usual en su momento. Puede que, tras pasar meses y meses pagando religiosamente tu cuota, hayas tenido un accidente, necesites cobrar la indemnización por invalidez y la compañía rechace tu solicitud. Lo mismo sucede con los seguros de vida, los familiares de algunos fallecidos se encuentran atados de pies y manos, ante la negativa de las aseguradoras.
Podemos ayudarle
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Particularidades de los seguros de vida e invalidez. (Abogado reclamación seguro incapacidad Málaga).
Nos encontramos con dos tipos de seguros de vida: los que establecen una indemnización en caso de fallecimiento del asegurado durante la vigencia del contrato y los que pagan si aquél sigue vivo al vencimiento de la póliza. Ambas opciones pueden combinarse. Las primas se establecen en función de variables como la cantidad pactada, la edad, sexo, estado de salud etc. (Abogado reclamación seguro incapacidad Málaga).
En los seguros de vida, el pago del capital depende de la vida del asegurado. El tomador es el encargado de contratar el seguro y pagar la prima y el beneficiario es la persona que percibirá el capital abonado por el asegurador.
No obstante, el tomador se somete a ciertos límites a la hora de asegurar la vida de otras personas. Así, las pólizas que cubren la muerte del asegurado requieren el consentimiento de éste para poder suscribirse el seguro. Tampoco es posible asegurar la muerte de menores de catorce años ni de incapacitados.
Con un seguro de invalidez se cubre el riesgo de pérdida de la capacidad para trabajar, como consecuencia de un accidente o enfermedad. Se activa cuando la Seguridad Social declara al asegurado en situación de invalidez permanente.
¿En qué se amparan las aseguradoras para excluir estas coberturas?
Pero, ¿cómo es posible que las aseguradoras nieguen este tipo de coberturas?. Seguro que tú también te lo preguntas. La crisis ha pasado factura a las compañías, que se agarran a un clavo ardiendo para excluir la cobertura de las pólizas. En concreto, se amparan en los artículos 10 y 89 de la Ley de Contrato de Seguro.
El artículo 10 de este texto legal dice lo siguiente: “El tomador del seguro tiene el deber, antes de la conclusión del contrato, de declarar al asegurador, de acuerdo con el cuestionario que éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. Quedará exonerado de tal deber si el asegurador no le somete cuestionario o cuando, aún sometiéndoselo, se trate de circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo y que no estén comprendidas en él”. Las compañías se amparan en la existencia de dolo o culpa grave del asegurado, quien no habría comunicado que padecía patologías o enfermedades previas en el cuestionario de salud. Éste se firma al contratar la póliza y es una declaración, por parte del asegurado, sobre su estado físico y psíquico. Sin embargo, no existe ni siquiera un pequeño chequeo médico para comprobar la salud del cliente, en el momento de la contratación. Por fortuna, la doctrina del Tribunal Supremo considera que el cuestionario se tiene por no presentado, en caso de firmarse en presencia de un trabajador bancario en función de agente de seguros. (Abogado reclamación seguro incapacidad Málaga).
Reclamación judicial. (Abogado reclamación seguro incapacidad Málaga).
Si te encuentras en un caso parecido al expuesto en el apartado anterior, tienes suficiente base jurídica para reclamar tu indemnización. (Abogado reclamación seguro incapacidad Málaga).
Ten en cuenta que la legislación de seguros y la de protección de los consumidores, así como la jurisprudencia, te amparan al respecto. Son muchos los clientes que están ganando demandas contra las aseguradoras por esta misma causa. Incluso, es posible que cobres la indemnización que te corresponde a través de soluciones extrajudiciales.
En cualquier caso, tu abogado se encargará de estudiar pormenorizadamente el caso, realizando un estudio de viabilidad y analizando todos los factores antes de iniciar la oportuna acción judicial.
Recuerda, igualmente, que si hablamos de reclamaciones a compañías de seguros, puede ocurrir que tu póliza incluya una garantía de defensa jurídica. Imagínate la situación: tienes la intención de reclamar a una aseguradora y es ésta la que pone a tu disposición un equipo jurídico para defenderte. Parece inimaginable que la entidad vaya contra sus propios intereses, ¿verdad?. Por ello, lo más recomendable, siempre que sea posible, es contratar a un profesional del derecho externo y ajeno a la empresa de seguros. Este nombramiento voluntario por parte del asegurado está limitado a una determinada cantidad, tal y como se expresa en las condiciones particulares del contrato.
Resumiendo, las reclamaciones por seguros de vida e invalidez terminan, usualmente, en procedimientos judiciales. La razón ya la hemos analizado: las compañías de seguros se niegan, sistemáticamente, a cubrir cualquier siniestro de vida. Si ese es tu caso no te desanimes, porque existe una buena acogida de las demandas de este tipo por parte de los juzgados y tribunales. En la mayor parte de ocasiones, las resoluciones judiciales terminan siendo favorables para los afectados.
¿Te encuentras en una situación parecida?. Si lo deseas, comparte tu experiencia con nosotros. A continuación te pasamos los enlaces de otros artículos relacionados con este: Abogado reclamación seguro vida Málaga, Abogados especialistas seguro vida Málaga, entre otros.