Abogado recurso amparo tribunal constitucional Málaga







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ABOGADO RECURSO AMPARO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL MÁLAGA 

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Los derechos y libertades reconocidos en la Constitución Española de los artículos 14 al 29 y el art. 30.2 donde se reconoce el derecho a la objeción de conciencia, serán susceptibles de recurso de amparo constitucional, en los casos y formas que la Ley Orgánica 2/1979 establece. (Abogado recurso amparo Tribunal Constitucional Málaga).

El recurso de amparo constitucional protege, según lo señalado en la Ley anteriormente señalada, frente a las violaciones de los derechos y libertades señalados en los arts. 14 al 29 y el 30.2 de la Constitución, originadas por las disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simple vía de hecho de los poderes públicos del Estado, las CC.AA demás entes públicos de carácter territorial, corporativo o institucional, así como de sus funcionarios o agentes.

Se regula en el artículo 44 de la Ley Orgánica 2/1979; el precepto se ha modificado en cuanto al plazo por la Ley Orgánica 6/2007, que lo amplía a treinta días. (Abogado recurso amparo Tribunal Constitucional Málaga).

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Lo normal es que en este caso el amparo se dé por infracción del artículo 24 de la Constitución, incluyendo el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas (en cuyo caso el amparo no es admisible, por falta de objeto, si en el momento de su admisión ya se ha adoptado la resolución correspondiente que pone fin al proceso). Pero puede tratarse de infracciones de otros derechos; pensemos en el artículo 18 de la Constitución, en el caso de las autorizaciones de entrada domiciliaria o de escuchas telefónicas, o los casos en que lo que se discute es el derecho a la libertad personal. Y no sólo es preciso el agotamiento de la previa vía judicial sino además que se haya denunciado formalmente en el proceso, si ha habido oportunidad para ello (ahora la hay siempre, dada la nueva regulación de la nulidad de actuaciones) la lesión del derecho o libertad. Y ello es así para preservar la subsidiariedad del amparo. (Abogado recurso amparo Tribunal Constitucional Málaga).

Como es sabido, el recurso de amparo del artículo 44 no permite al Tribunal Constitucional revisar los hechos; pero en ocasiones, al pronunciarse sobre una posible valoración arbitraria de la prueba, lo cierto es que acaba entrando en ellos, y esto ha producido algún conflicto con la jurisdicción ordinaria; pensemos en la Sentencia de 7 de enero de 1994. Asimismo, los conflictos en ocasiones se producen por cuanto el Tribunal Constitucional entiende que el derecho a una sentencia cuya motivación no sea arbitraria se incluye en la tutela judicial efectiva y que incluso el control de amparo debe ser más profundo cuando se trate de casos en que están en juego otros derechos fundamentales; y ello comporta inequívocamente cierta penetración de la jurisdicción constitucional en ámbitos tradicionalmente considerados como de legalidad ordinaria: Sentencia TC 63/2005, sobre la prescripción penal, por ejemplo. (Abogado recurso amparo Tribunal Constitucional Málaga).

Y ha de hacerse además referencia a los amparos mixtos, es decir aquellos en que se imputa una doble lesión: lesión de un derecho fundamental por el ejecutivo y no reparado en la vía judicial previa, y lesión de un derecho fundamental directamente imputable al órgano judicial (tutela judicial efectiva normalmente; por ejemplo, lesión del derecho a la prueba). A este respecto, si bien hasta fechas recientes el Tribunal se inclinaba por analizar primero la lesión ex artículo 44, a fin de permitir la retroacción de actuaciones y que el órgano a quo en su caso pudiera proteger debidamente el derecho vulnerado por un acto del ejecutivo (preservar en suma la subsidiariedad del amparo), más recientemente el Tribunal se inclina más bien por enjuiciar primero la lesión por el acto del ejecutivo, dado que si se estima el amparo por esa vía ya no es preciso retrotraer nada, sino que la situación jurídica del particular queda restablecida de inmediato: Sentencias TC 307/2006 y 308/2006. (Abogado recurso amparo Tribunal Constitucional Málaga).

 

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