Abogado delito asesinato Coín







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Juani Montalvan
Juani Montalvan
16/09/2023
Es indiscutible vuestra calidad como letrados, pero lo que es infinitamente superior es vuestra bondad como personas. En los momentos mas difíciles habéis estado allí y eso no lo olvidare nunca.
Almudena Cerezo
Almudena Cerezo
31/08/2023
Desde el primer minuto fueron muy honestos conmigo, lo que se podría lograr y lo que no y que iban a hacer el máximo para conseguir lo mejor, y así fue porque consiguieron algo mejor aun de lo que pensábamos.
Moises Garrido
Moises Garrido
20/08/2023
Unos abogados como la copa de un pino, han sido capaces de conseguir una resolución que ni yo mismo esperaba en el mejor de los casos.
Victor Sanz
Victor Sanz
19/08/2023
El trato humano que te dispensan desde el primer momento es impresionante, entendiendo el momento difícil que tienes, eso sumado a su profesionalidad hacen e coctel perfectos con resultados perfectos.
Xavi Jimenez
Xavi Jimenez
18/08/2023
Volvería a confiar en ellos sin pestañear, sin dudarlo ni un solo segundo.
Mario Casanova
Mario Casanova
17/08/2023
Solo quiero dar las gracias por todo lo que han hecho por mi.
Samuel Garrido
Samuel Garrido
17/08/2023
Muy buenos abogados, los recomendaría.
Jaime Salgado
Jaime Salgado
17/08/2023
Profesionales, empáticos, atentos, activos, y con mi caso consiguieron unos resultados magníficos.
Aurelio Gonzalez
Aurelio Gonzalez
17/08/2023
Me los recomendaron y fue un gran acierto hacerles caso y acudir con mi problema a ellos, gracias a su esfuerzo y sabiduría tuvo una buena solución.
Javi Lomas
Javi Lomas
16/08/2023
Los mejores abogados penalistas que hay en Málaga, realmente son muy muy buenos.

Abogado delito Asesinato Coín

(Abogado delito asesinato Coín). ¿Buscando un experto? Si es así, no le quepa la menor duda que está en el lugar indicado. Y es así, pues SOMOS EL PRIMER DESPACHO DE ABOGADOS DEL PAÍS, ESPECIALIZADO EN LA DEFENSA PENAL DE ESTE TIPO DE SITUACIONES, COMO ABOGADOS EXPERTOS EN DERECHO PENAL, TRABAJAMOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, CONSULTE GRATUITAMENTE Y SIN COMPROMISO. SOMOS UNO DE LOS DESPACHOS DE ABOGADOS DE PENAL REFERENTES EN LA DEFENSA DE ESTE TIPO DE EXPEDIENTES. DÉJENOS AYUDARLE.

Tenemos la suerte con contar con distintas sedes a lo largo de la geografía nacional, para atender con la mayor cercanía a todos los clientes que acuden a nuestro despacho, por nuestra exquisita preparación y especialización en este concreto campo del Derecho Penal.  Actualmente contamos con sedes en MADRID, MÁLAGA y GRANADA. Tramitamos asuntos en todo el país. ESTE TIPO DE EXPEDIENTES ES UN DELICADO Y NECESITA DE UNA INSTRUCCIÓN MUY MINUCIOSA TANTO EN LA ACUSACIÓN COMO EN LA DEFENSA. Nuestros abogados tramitan asuntos relacionados con estas situaciones tan excepcionales, en todo el país, participando incluso, en cursos de formación, en esta área concreta del derecho penal.

Nuestros abogados intervienen en los asuntos más relevantes a nivel nacional. Puede comprobarlo en la página de inicio de nuestra web, donde hemos colocado algunas intervenciones en las principales televisiones del país; TVE, A3, TELE5, LA SEXTA. (Entre otras). CUENTE CON LA EXPERIENCIA DE NUESTROS PENALISTAS CON MÁS DE 20 AÑOS DE EJERCICIO GANANDO SENTENCIAS PARA NUESTROS CLIENTES. CIENTOS DE COMENTARIOS POSITIVOS EN TODAS LAS REDES SOCIALES NOS AVALAN. 

 

La Alevosía en el Delito de Asesinato

 

Según el artículo 22 del Código Penal, hay alevosía cuando el culpable comete un delito contra las personas empleando medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurar su ejecución, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido. La alevosía pretende, pues, asegurar la indefensión de la víctima ante el ataque, y su forma más típica es la agresión sorpresiva o a traición.

Según la jurisprudencia, la alevosía incorpora un especial elemento subjetivo que dota a la acción de una mayor antijuridicidad, cuyo elemento esencial lo constituye «el aprovechamiento de la indefensión en la que se encuentra la víctima». Actuar por precio, recompensa o promesa en el Delito de Asesinato. Para que concurra esta circunstancia se requiere que el autor hay cometido el hecho movido solamente por la oferta económica de un tercero.

Ensañamiento en el delito de asesinato 

Como ha señalado la jurisprudencia, esta circunstancia pretende aumentar deliberada e inhumanamente el dolor de la víctima. Constituye una “modalidad de tortura previa a la muerte de la víctima, que produce en esta sufrimientos físicos e incluso mentales innecesarios.”

La reforma del delito de asesinato 

Tras la reforma del CP, LO 1/2015 de 30 de marzo, cuya entrada en vigor se produjo el pasado 1 de julio de 2015, nos parece de especial interés hacer una comparativa de la regulación legal del delito de asesinato antes y después de dicha reforma, pues, a partir del 1 de julio de 2015,  la comisión de un delito de asesinato puede comportar la pena de prisión permanente revisable.

Como se aprecia, las novedades más importantes de la reforma del CP son la modificación del régimen de penas y la creación de nuevas figuras de asesinato. La modificación del régimen de penas, que se elevan en el tipo básico. Incluyéndose para los más graves la pena de prisión permanente revisable. Se establece un tipo de asesinato “cualificado” o modalidad agravada del tipo, si la víctima es menor de 16 años o es una persona especialmente vulnerable y cuando esté presente un móvil sexual.

bogado delito asesinato Málaga).

La prisión permanente revisable en el delito de asesinato

Es la modificación de la reciente reforma del CP que más posturas encontradas ha generado. Un sector doctrinal entiende que es inconstitucional, de hecho todos los partidos políticos de la oposición se unieron para presentar un recurso de inconstitucionalidad contra esta medida el día anterior a su entrada en vigor, y otro sector defiende que la cadena perpetua existe en toda Europa y está avalada por el TEDH. Después del cumplimiento íntegro de una parte relevante de la condena, cuya duración depende de la cantidad de delitos cometidos y de su naturaleza, y acreditada la reinserción del penado, se aplicará el sistema de revisión que permitirá la puesta en libertad del condenado si cumple los requisitos recogidos en el art. 92 CP. Esta revisión se podrá realizar a petición del reo una vez al año o de oficio por un tribunal colegiado, al menos cada dos años.

Supone la imposición de una pena de prisión de duración indeterminada, aplicable solamente en casos muy graves (matar jefes de estado, propio o ajenos, genocidio, lesa humanidad y asesinatos especialmente agravados) y revisable, tanto de oficio como a petición de parte, pudiendo poner en libertad al condenado, cuando se cumplan una serie de condiciones y plazos. CUENTE CON LA EXPERIENCIA DE NUESTROS PENALISTAS CON MÁS DE 20 AÑOS DE EJERCICIO GANANDO SENTENCIAS PARA NUESTROS CLIENTES. CIENTOS DE COMENTARIOS POSITIVOS EN TODAS LAS REDES SOCIALES NOS AVALAN.

 

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