Negativa someterse prueba alcohol Málaga







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Juani Montalvan
Juani Montalvan
16/09/2023
Es indiscutible vuestra calidad como letrados, pero lo que es infinitamente superior es vuestra bondad como personas. En los momentos mas difíciles habéis estado allí y eso no lo olvidare nunca.
Almudena Cerezo
Almudena Cerezo
31/08/2023
Desde el primer minuto fueron muy honestos conmigo, lo que se podría lograr y lo que no y que iban a hacer el máximo para conseguir lo mejor, y así fue porque consiguieron algo mejor aun de lo que pensábamos.
Moises Garrido
Moises Garrido
20/08/2023
Unos abogados como la copa de un pino, han sido capaces de conseguir una resolución que ni yo mismo esperaba en el mejor de los casos.
Victor Sanz
Victor Sanz
19/08/2023
El trato humano que te dispensan desde el primer momento es impresionante, entendiendo el momento difícil que tienes, eso sumado a su profesionalidad hacen e coctel perfectos con resultados perfectos.
Xavi Jimenez
Xavi Jimenez
18/08/2023
Volvería a confiar en ellos sin pestañear, sin dudarlo ni un solo segundo.
Mario Casanova
Mario Casanova
17/08/2023
Solo quiero dar las gracias por todo lo que han hecho por mi.
Samuel Garrido
Samuel Garrido
17/08/2023
Muy buenos abogados, los recomendaría.
Jaime Salgado
Jaime Salgado
17/08/2023
Profesionales, empáticos, atentos, activos, y con mi caso consiguieron unos resultados magníficos.
Aurelio Gonzalez
Aurelio Gonzalez
17/08/2023
Me los recomendaron y fue un gran acierto hacerles caso y acudir con mi problema a ellos, gracias a su esfuerzo y sabiduría tuvo una buena solución.
Javi Lomas
Javi Lomas
16/08/2023
Los mejores abogados penalistas que hay en Málaga, realmente son muy muy buenos.

NEGATIVA SOMETERSE PRUEBA ALCOHOL MÁLAGA 

Negativa someterse prueba alcohol Málaga. Somos un despacho de abogados penalistas, expertos en la defensa penal, de delitos contra la seguridad vial, dentro de los que se encuadra el delito de (Negativa someterse prueba alcohol Málaga). Nos para la policía y nos solicita colaboración para someternos a una prueba de alcoholemia. Primero y principal, nunca, debemos negarnos a soplar. El negarse a realizar esta prueba es un delito per se (artículo 383 del Código Penal) y tiene reguladas unas penas propias de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Tenemos un servicio de atención telefónica, urgencias 24 horas, atendido por abogados derecho penal, expertos en este tipo de delitos, que resolverán sus dudas.

Según criterio jurisprudencial, se requiere para su apreciación la concurrencia de los siguientes requisitos: (Negativa someterse prueba alcohol Málaga).

1º Requerimiento expreso por parte del agente de la autoridad, a someterse a las pruebas legalmente previstas para la detección de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas.

Podemos ayudarle

En Abogados Málaga somos Abogados Especialistas en Penal en Málaga. Si necesita un despacho con amplia experiencia, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.

2º Que se haga el requerimiento al particular formalmente, de modo personal y directo, con el apercibimiento de poder incurrir en un delito de desobediencia grave previsto y penado en el art. 383 CP.

3º Negativa a someterse a dichas pruebas, debiendo el requerido no acatar la orden, oponiéndose consciente y reiteradamente a su cumplimiento, con ánimo de desprestigio del principio de autoridad.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que la práctica de las pruebas de alcoholemia se ajustará a lo establecido en la legislación de seguridad vial.

Las pruebas de alcoholemia están reguladas administrativamente en los arts. 12 LSV y 20 a 26 RGC; se practicarán por los agentes encargados de la vigilancia de tráfico y consistirán, normalmente, en la verificación del aire espirado mediante etilómetros que, oficialmente autorizados, determinarán de forma cuantitativa el grado de impregnación alcohólica de los interesados .

El art. 12.2 LSV y 21 RGC establecen que “quedan obligados a someterse a las pruebas que se establezcan”. Y el art. 23.1 RGC dice: “el agente someterá al interesado, para una mayor garantía y a efecto de contraste, a la práctica de una segunda prueba de detección alcohólica por el aire espirado”.

Es claro el carácter imperativo de ambas pruebas. La segunda prueba no es, por tanto, un derecho del interesado de ejercicio potestativo. Ambas pruebas son obligatorias y están orientadas a garantizar el acierto en el resultado. En definitiva, se puede concluir que la negativa a someterse a cualquiera de ellas constituye una conducta subsumible en el tipo estudiado. (Negativa someterse prueba alcohol Málaga).

El carácter voluntario corresponde, en realidad, a las analíticas de sangre.

Incapacidad de soplar en la prueba de alcoholemia.

Los supuestos de incapacidad para insuflar aire suficiente para practicar la prueba de alcoholemia o intentos fallidos, podrán reconducirse como delito del art. 383 CP si se demuestra que dicha conducta obedece a una voluntad firme y decidida del requerido de desobedecer las instrucciones del agente de la autoridad y de esta manera negarse a someterse a la prueba.

Por lo tanto nuestro consejo es que se someta a la prueba de alcoholemia. (Negativa someterse prueba alcohol Málaga).

 

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