Abogado delito asesinato Torremolinos
(Abogado delito asesinato Torremolinos). ¿Buscando un experto? Si es así, no le quepa la menor duda que está en el lugar indicado. Y es así, pues SOMOS EL PRIMER DESPACHO DE ABOGADOS DEL PAÍS, ESPECIALIZADO EN LA DEFENSA PENAL DE ESTE TIPO DE SITUACIONES, COMO ABOGADOS EXPERTOS EN DERECHO PENAL, TRABAJAMOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, CONSULTE GRATUITAMENTE Y SIN COMPROMISO. ESTE TIPO DE EXPEDIENTES ES UN DELICADO Y NECESITA DE UNA INSTRUCCIÓN MUY MINUCIOSA TANTO EN LA ACUSACIÓN COMO EN LA DEFENSA.
Nuestros abogados tramitan asuntos relacionados con estas situaciones tan excepcionales, en todo el país, participando incluso, en cursos de formación, en esta área concreta del derecho penal. Nuestros abogados intervienen en los asuntos más relevantes a nivel nacional. Puede comprobarlo en la página de inicio de nuestra web, donde hemos colocado algunas intervenciones en las principales televisiones del país; TVE, A3, TELE5, LA SEXTA. (Entre otras).
Es por ello, por lo que contamos en nuestro bufete de abogados, con un servicio vanguardista; Un teléfono de urgencias, permanentemente atendido por abogados penalistas, (expertos en derecho penal), para resolverle las dudas, que en relación a este tipo de delitos pueda tener.
Tenemos la suerte con contar con distintas sedes a lo largo de la geografía nacional, para atender con la mayor cercanía a todos los clientes que acuden a nuestro despacho, por nuestra exquisita preparación y especialización en este concreto campo del Derecho Penal. (Delitos relacionados con la integridad física). Actualmente contamos con sedes en MADRID, MÁLAGA y GRANADA. Tramitamos asuntos en todo el país.
La Alevosía en el Delito de Asesinato
Según el artículo 22 del Código Penal, hay alevosía cuando el culpable comete un delito contra las personas empleando medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurar su ejecución, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido. La alevosía pretende, pues, asegurar la indefensión de la víctima ante el ataque, y su forma más típica es la agresión sorpresiva o a traición.
Según la jurisprudencia, la alevosía incorpora un especial elemento subjetivo que dota a la acción de una mayor antijuridicidad, cuyo elemento esencial lo constituye «el aprovechamiento de la indefensión en la que se encuentra la víctima». Actuar por precio, recompensa o promesa en el Delito de Asesinato. Para que concurra esta circunstancia se requiere que el autor hay cometido el hecho movido solamente por la oferta económica de un tercero.
Ensañamiento en el delito de asesinato
Como ha señalado la jurisprudencia, esta circunstancia pretende aumentar deliberada e inhumanamente el dolor de la víctima. Constituye una “modalidad de tortura previa a la muerte de la víctima, que produce en esta sufrimientos físicos e incluso mentales innecesarios.”
La reforma del delito de asesinato
Tras la reforma del CP, LO 1/2015 de 30 de marzo, cuya entrada en vigor se produjo el pasado 1 de julio de 2015, nos parece de especial interés hacer una comparativa de la regulación legal del delito de asesinato antes y después de dicha reforma, pues, a partir del 1 de julio de 2015, la comisión de un delito de asesinato puede comportar la pena de prisión permanente revisable.
Como se aprecia, las novedades más importantes de la reforma del CP son la modificación del régimen de penas y la creación de nuevas figuras de asesinato. La modificación del régimen de penas, que se elevan en el tipo básico. Incluyéndose para los más graves la pena de prisión permanente revisable. Se tipifica como asesinato (no agravado) el homicidio que se cometa para facilitar la comisión de otro delito o encubrirlo y se establece. Se establece un tipo de asesinato “cualificado” o modalidad agravada del tipo, si la víctima es menor de 16 años o es una persona especialmente vulnerable y cuando esté presente un móvil sexual.
Después del cumplimiento íntegro de una parte relevante de la condena, cuya duración depende de la cantidad de delitos cometidos y de su naturaleza, y acreditada la reinserción del penado, se aplicará el sistema de revisión que permitirá la puesta en libertad del condenado si cumple los requisitos recogidos en el art. 92 CP. Esta revisión se podrá realizar a petición del reo una vez al año o de oficio por un tribunal colegiado, al menos cada dos años.
Modalidad agravada en el Delito de Asesinato.
La reforma de 2015 añade al CP un nuevo art. 140, para introducir una modalidad agravada del tipo. La víctima sea menor de dieciséis años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad. El hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima. El delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal. En estos casos, la pena a imponer será la de prisión permanente revisable, también introducida por esta última reforma de nuestro Código. (
Abogado delito asesinato Málaga).
La prisión permanente revisable en el delito de asesinato
Es la modificación de la reciente reforma del CP que más posturas encontradas ha generado. Un sector doctrinal entiende que es inconstitucional, de hecho todos los partidos políticos de la oposición se unieron para presentar un recurso de inconstitucionalidad contra esta medida el día anterior a su entrada en vigor, y otro sector defiende que la cadena perpetua existe en toda Europa y está avalada por el TEDH.
Supone la imposición de una pena de prisión de duración indeterminada, aplicable solamente en casos muy graves (matar jefes de estado, propio o ajenos, genocidio, lesa humanidad y asesinatos especialmente agravados) y revisable, tanto de oficio como a petición de parte, pudiendo poner en libertad al condenado, cuando se cumplan una serie de condiciones y plazos.