El Juzgado de lo Penal n.º 2 de Málaga dictó sentencia absolutoria al quedar acreditada la legítima defensa completa del art. 20.4.º CP.
Nuestro cliente fue denunciado por un delito de lesiones del art. 147 CP tras un altercado en la vía pública en Málaga. La otra parte presentó parte de lesiones. El Ministerio Fiscal solicitaba un año de prisión. Lo determinante: fue el denunciante quien golpeó primero.
La defensa
- Agresión ilegítima previa: Testigos presenciales e imágenes de cámara de seguridad acreditaron que el denunciante inició el altercado.
- Necesidad racional del medio: La respuesta fue proporcional. No se emplearon armas ni objetos contundentes.
- Falta de provocación: Nuestro representado no había provocado el enfrentamiento, cumpliendo el tercer requisito de la eximente.
El resultado
El juzgado estimó la legítima defensa completa y absolvió a nuestro representado de todos los cargos con costas de oficio.
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Una denuncia de lesiones puede tener defensa. Si fuiste tú quien recibió la primera agresión, la legítima defensa puede ser la clave. Consúltanos.
