La Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Málaga rechazó el animus necandi y rebajó la calificación de tentativa de homicidio a lesiones graves con pena suspendida.
Nuestro representado fue acusado de homicidio en grado de tentativa (art. 138 con art. 16 CP) tras una pelea en Málaga. La víctima sufrió heridas graves con hospitalización. El Ministerio Fiscal solicitaba ocho años de prisión. El acusado reconoció la pelea pero negó intención de matar.
La defensa
- Ausencia de animus necandi: Ninguna lesión tenía potencial letal per se según informe pericial independiente. La zona atacada y el instrumento eran incompatibles con dolo de matar.
- Desistimiento voluntario: El acusado se retiró sin continuar la agresión con la víctima en el suelo, conducta incompatible con el dolo de matar (doctrina TS).
- Impugnación del forense oficial: La calificación de lesiones potencialmente letales fue rebatida con pericia independiente.
El resultado
La Audiencia rebajó a lesiones graves (art. 149 CP). La pena, inferior a dos años, permitió la suspensión. Nuestro cliente no ingresó en prisión.
¿Acusado de tentativa de homicidio en Málaga?
La diferencia entre tentativa de homicidio y lesiones puede ser la diferencia entre la cárcel y la libertad. Consúltanos sin compromiso.
