Que Hacer cuando te Acusan de Abuso Sexual
Nuestra primera recomendación que es que te calmes. Busca a un abogado experto en delitos sexuales y más concretamente un abogado penalista que sea abogado experto en abusos sexuales a quién explicar con detalle lo ocurrido. Es esencial que le cuentes todo, no tu verdad. El abogado penalista sabrá como defenderte de acuerdo al código penal.
¿Que dice la ley cuando te acusan por delito de abusos sexuales?
Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal española, el término «investigado» se utiliza en lugar de «imputado» desde la reforma de 2015. Sin embargo, los términos «investigado» y «acusado» no siempre se utilizan de manera estricta y pueden variar según el contexto.
En general, el momento en que un investigado pasa a ser considerado oficialmente como acusado por delito de abusos sexuales en el proceso penal depende de varias circunstancias, incluyendo las pruebas recopiladas durante la investigación y la decisión del juez instructor. El delito de abusos sexuales está relacionado con el delito de agresión sexual.
Cuando el juez instructor considera que existen indicios racionales de criminalidad y suficientes elementos de prueba, puede dictar un auto de procesamiento o un auto de apertura de juicio oral y legalmente eres acusado de abusos sexuales. Estos autos implican que el investigado pasa a ser considerado formalmente como acusado.
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El auto de procesamiento se dicta en la fase de instrucción, y en él se considera que existen indicios racionales de la comisión de un delito y se señala la participación del acusado en dicho delito de abusos sexuales. A partir de este momento, se le notificará al acusado su condición de acusado, y se le otorgarán los derechos correspondientes.
En el caso de un auto de apertura de juicio oral, se dicta en la fase intermedia del proceso penal y marca el inicio del juicio. En este punto, el acusado también es considerado formalmente como acusado por abusos sexuales y se le notificarán sus derechos procesales.
Es importante tener en cuenta que estos términos pueden variar dependiendo de la legislación y las circunstancias específicas del caso. Por lo tanto, es recomendable buscar asesoramiento legal específico en caso de estar involucrado en un proceso penal para obtener información precisa sobre el estado procesal y los derechos correspondientes.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo español ha establecido una serie de elementos que deben estar presentes para considerar la existencia de un delito de abuso sexual.
Acto de contenido sexual:
El Tribunal Supremo ha establecido que el delito de abuso sexual implica la realización de un acto de contenido sexual. Este acto puede incluir tocamientos, contacto físico no consentido o cualquier otra conducta de naturaleza sexual.
Ausencia de consentimiento:
La falta de consentimiento de la víctima es un elemento clave en el delito de abuso sexual. El Tribunal Supremo ha dejado claro que se requiere una manifestación expresa o tácita de voluntad por parte de la víctima que indique su conformidad con el acto sexual. La ausencia de consentimiento puede deberse a diversos factores, como la intimidación, el miedo, la incapacidad de resistir o la vulnerabilidad de la víctima.
Víctima especialmente vulnerable:
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reconocido que el abuso sexual puede ser agravado si la víctima se encuentra en una situación de especial vulnerabilidad. Esto puede incluir menores de edad, personas con discapacidad, personas bajo la influencia de sustancias o personas que se encuentran en una relación de dependencia con el agresor. La vulnerabilidad de la víctima puede ser relevante para determinar la existencia del delito y la gravedad de la conducta.
Ausencia de violencia o intimidación graves:
A diferencia de otros delitos sexuales, el delito de abuso sexual no requiere el uso de violencia o intimidación graves. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha establecido que debe existir algún grado de coacción o presión por parte del agresor que limite la libertad o indemnidad sexual de la víctima.
Criterios objetivos y subjetivos:
El Tribunal Supremo ha señalado que, para evaluar si una conducta constituye un delito de abuso sexual, es necesario tener en cuenta tanto criterios objetivos como subjetivos. Los criterios objetivos se refieren a la conducta en sí misma y su relación con el contenido sexual, mientras que los criterios subjetivos se centran en la intención del agresor y la percepción de la víctima. Para tu defensa, cuenta con el mejor abogado penalista en España.